1. ¿QUÉ
ES UNA GUÍA DE REMISIÓN DE TRANSPORTISTA?
Es el documento
que emite el transportista para sustentar el traslado de bienes a solicitud de
terceros, es decir, cuando se realiza el servicio bajo la modalidad de
transporte público.
2. ¿QUIÉN
Y CUÁNDO SE EMITE LA GUÍA DE REMISIÓN DEL TRANSPORTISTA?
El transportista
es quien emite la guía de remisión antes de iniciar el traslado de bienes, por
cada remitente y por cada unidad de transporte, inclusive cuando se subcontrate
el servicio, para lo cual debe señalarse los datos de la empresa
sub-contratante.
3. ¿CON
QUÉ DOCUMENTOS SE SUSTENTA EL TRASLADO DE LOS
BIENES?
El traslado de
bienes, bajo la modalidad de transporte público, se sustenta con los siguientes
documentos:
• El
original Destinatario y copia SUNAT, de la Guía de remisión
del
remitente.
o Copia
Destinatario y copia SUNAT de la Guía de remisión del
transportista.
Dichos documentos deberán portarse durante el traslado de
los bienes, y deben quedar en poder del destinatario al término del viaje, salvo
que la copia para la SUNAT hubiera sido solicitada y retirada por ésta durante
el traslado.
4. ¿CUÁNDO
EL TRANSPORTISTA NO DEBE SOLICITAR LA GUÍA DE
REMISIÓN DEL REMETENTE?
Sólo
cuando se trate de bienes pertenecientes a:
• Consumidores
finales.
• Contribuyentes
del Nuevo RUS.
• Personas
obligadas a emitir recibos por honorarios.
• Personas
naturales que no posean RUC pero realizan transacciones con adquirientes que
emiten liquidaciones de compra.
5. ¿QUÉ
SANCIONES -SE APLICAN AL TRANSPORTISTA SI INCURRE EN
ALGUNA
INFRACCIÓN RELACIONADA CON EL TRASLADO DE BIENES?
Las sanciones
aplicables son multas o internamiento temporal de su vehículo.
beuna
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